A la hora de sacarle todo el jugo a tus ahorros no basta con seleccionar los activos o los mercados que presentan mejores perspectivas de revalorización. También debes tener en cuenta los impuestos que pagarás (o que podrías ahorrarte) por cada una de tus inversiones. Por tanto, la mejor forma de optimizar tu estrategia es tener en cuenta ambos parámetros, lo que los expertos llaman la rentabilidad financiero-fiscal. Para ello, te resumimos algunas de las principales novedades fiscales que han entrado en vigor en 2021. No obstante, te recordamos que si quieres ir sobre seguro, lo ideal es que consultes a un asesor especializado en esta materia.
Nuevo tramo del IRPF
La nueva Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 introduce un nuevo tramo en la parte general de la escala de gravamen del IRPF para rentas superiores a 300.000 euros. De este modo, aumenta en dos puntos el tipo impositivo aplicable a estas rentas a partir de 2021.
La escala de gravamen estatal aplicable sobre la base liquidable general quedaría así:
Base liquidable general (escala estatal)
Base liquidable hasta € | Cuota íntegra € | Resto base liquidable hasta € | Tipo aplicable % |
0 | 0 | 12.450 | 9,5 |
12.450 | 1.182,75 | 7.750 | 12 |
20.200 | 2.112,75 | 15.000 | 15 |
35.200 | 4.362,75 | 24.800 | 18,5 |
60.000 | 8.950,75 | 240.000 | 22,5 |
300.000 | 62.950,75 | En adelante | 24,5 |
No obstante, ten en cuenta que las comunidades autónomas tienen su propia escala de gravamen autonómica sobre la base liquidable general.
Gravamen del ahorro
Otra de las novedades de esta Ley es que incrementa en tres puntos el tipo impositivo aplicable a rentas del ahorro de más de 200.000 euros, pasando del 23% al 26%.
La escala de gravamen aplicable a esta base a partir del 1 de enero de 2021 es la siguiente:
Base liquidable del ahorro
Base liquidable hasta € | Cuota íntegra € | Resto base liquidable hasta € | Tipo aplicable % |
0 | 0 | 6.000 | 19 |
6.000 | 11.140 | 44.000 | 21 |
50.000 | 10.380 | 150.000 | 23 |
200.000 | 44.880 | En adelante | 26 |
Aportaciones a planes de pensiones
Tal y como te comentamos en posts anteriores, una de las grandes novedades en fiscalidad que ha traído el nuevo año ha sido la reducción del importe de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, como los planes de pensiones, que pasa de 8.000 a 2.000 euros anuales.
No obstante, se amplía el anterior límite de 2.000 a 8.000 euros anuales adicionales para las contribuciones empresariales a estos sistemas. Por tanto, podrán alcanzar un máximo de 10.000 euros anuales.
La nueva normativa también recorta el límite máximo de reducción de las aportaciones realizadas a sistemas de previsión social del cónyuge, que pasa de 2.500 a 1.000 euros anuales.
Impuesto del patrimonio
La Ley establece el gravamen del impuesto del patrimonio con carácter indefinido. De este modo, ya no será necesario que cada año se apruebe una prórroga del impuesto.
Además, eleva en un punto porcentual el tipo de gravamen aplicable al último tramo de la escala, que pasa del 2,5% al 3,5%.
Por tanto, la escala de gravamen aplicable a partir de 2021 a los contribuyentes que apliquen la escala estatal (es decir, los no residentes o aquellos que residan en comunidades autónomas sin escala de gravamen propia) será la siguiente:
Impuesto sobre el patrimonio
Base liquidable hasta € | Cuota íntegra € | Resto base liquidable hasta € | Tipo aplicable % |
0 | 0 | 167.129,45 | 0,2 |
167.129,45 | 334,26 | 167.123,43 | 0,3 |
334.252,88 | 835,63 | 334.246,87 | 0,5 |
668.499,75 | 2.506,86 | 668.499,76 | 0,9 |