pistas para seleccionar un préstamo al consumo

Un coche nuevo, un master, el viaje de tus sueños… es posible que tengas un gasto en el horizonte y no dispongas del efectivo suficiente. O que sí dispongas de él pero prefieras no descapitalizarte, ya sea porque tienes el dinero invertido o bien porque se trata de un colchón para imprevistos que prefieres no tocar. En estos casos, puede que te estés planteando contratar un préstamo al consumo para financiarte. La cuestión es: ¿en qué consiste exactamente ese producto? ¿Y qué deberías tener en cuenta a la hora de contratarlo? Te lo explicamos.

La primera duda que es probable que tengas es en qué se diferencia un préstamo al consumo de cualquier otro tipo de préstamo. En este sentido, el Portal del Cliente Bancario del Banco de España lo define como “una categoría de préstamo personal que cuenta con una regulación que da a los consumidores una protección especial”. De hecho, los préstamos al consumo se encuentran protegidos de forma específica por la Ley 16/2011.

Esta regulación se aplica a los contratos en los que la entidad concede un préstamo al consumidor para sus necesidades personales y por un importe superior a 200 euros e inferior a 75.000.

En cuanto al nivel de protección extra que recibe el cliente de este tipo de préstamos, la ley recoge diversas obligaciones de información por parte de la entidad bancaria. Además, el cliente tiene la posibilidad de cambiar de opinión sin dar explicaciones ni sufrir penalización ninguna (derecho de desestimiento) en un plazo de 14 días naturales desde la firma del contrato. Tendrá eso sí que devolver el dinero prestado junto a los intereses acumulados hasta ese momento.

A tener en cuenta

¿Qué debes tener en cuenta a la hora de contratarlo? Te ofrecemos algunas claves:

Busca y compara. Recuerda que el banco debe proporcionarte un folleto con todos los datos de la operación. Este folleto, denominado Información Normalizada Europea, está diseñado de tal manera que podrás comparar las condiciones de las distintas entidades bancarias.

Ojo con el prestamista. No todas las entidades que conceden préstamos están debidamente reguladas y supervisadas por el Banco de España. Esto puede suponer un problema para ti, ya que algunas compañías no cuentan con las garantías de seguridad, transparencia y protección al cliente que sí ofrecen las entidades que están debidamente reguladas. ¿Cómo identificarlas? Si la empresa que te concede el préstamo lo hace casi sin papeleo, a plazos muy cortos y con costes elevados… sospecha. Pero en todo caso, en este link puedes consultar el registro de entidades sujetas a supervisión del Banco de España.

Analiza el interés, pero no sólo. A la hora de evaluar las bondades del préstamo, el tipo de interés es esencial pero también lo son otras condiciones, como las comisiones de apertura y cancelación anticipada. Aquí ya sabes que la referencia más útil es la TAE (Tasa Anual Equivalente), que es la que incluye todos los gastos y comisiones que corren a cargo del cliente. Por otro lado, también es importante que analices factores como la duración del préstamo, la posibilidad de periodos de carencia, el importe mínimo/máximo, etcétera.

Plantéate la pignoración. Dejar en prenda un activo financiero, por ejemplo un fondo de inversión, te puede ayudar a lograr unas condiciones más ventajosas. De ese modo, la entidad cuenta con una garantía que podría ejecutar en caso de que tú no le devolvieras el préstamo, lo que le permite ofrecerte unos tipos de interés mucho más competitivos. Los préstamos al consumo con pignoración son característicos de la banca privada, pero algunas entidades de banca comercial (como MyInvestor) ya ofrecen productos de estas características al cliente minorista.

No te quedes con dudas. Si la propuesta que te ha hecho el banco no te ha quedado clara del todo, pídele una oferta vinculante por escrito en la que te explique en detalle todas las condiciones. Es gratuita y su plazo, salvo circunstancias extraordinarias, no puede ser inferior a 14 días naturales.

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¿Te lo hemos explicado bien?

Si te ha quedado alguna duda sobre este tema (o cualquier otro), escríbenos al consultorio hellomyinvestor@myinvestor.es