¿No tienes ni idea de cómo funciona la bolsa o la renta fija pero te encantaría saberlo? ¿Tienes alguna pregunta sobre fondos de inversión o planes de pensiones que nunca te has atrevido a formular?
Resolvemos todo tipo de dudas sobre el mundo de la inversión, por muy básicas que sean. Sólo una restricción: no hacemos recomendaciones de producto.
Anímate a escribir a hellomyinvestor@myinvestor.es
Álvaro T. Buenas tardes. Debido a la situación del mercado en los últimos días me han surgido varias dudas respecto a posibles escenarios de «catástrofe». En el hipotético caso de que MyInvestor se fuera a la quiebra, el dinero que se encuentra en las cuentas remuneradas está cubierto por el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito hasta 100.000 euros. ¿Pero qué pasaría con el dinero que se tiene invertido en sus carteras de roboadvisor? Esta pregunta también aplicaría en el otro sentido, si se están haciendo aportaciones a un fondo indexado, por poner un ejemplo Fidelity, y esta gestora se declara en quiebra, ¿qué sucede con las participaciones adquiridas en dicho fondo indexado?
Hola Álvaro. Efectivamente, en un escenario de “catástrofe”, como el que tú mencionas, el dinero que tengas en tu cuenta corriente en MyInvestor estaría protegido por el Fondo de Garantía de Depósitos, hasta 100.000 euros por titular. No obstante, este escenario es muy improbable, como te explicamos en este post del blog.
En cuanto al dinero que tengas invertido en fondos, no está sujeto a ningún tipo de riesgo bancario, ya que ese patrimonio no forma parte del balance del banco. Ni siquiera forma parte del balance de la gestora de los fondos (por ejemplo, Vanguard, BlackRock, Fidelity, etcétera). De hecho, se haya custodiado en una entidad aparte.
Por tanto, podría quebrar tanto el banco comercializador como la gestora y aun así los activos en los que invierte tu fondo seguirían estando perfectamente seguros en la entidad depositaria.
Esto se aplica tanto a los fondos en los que inviertes tú por tu cuenta como a los fondos en los que inviertes a través de una cartera gestionada, ya que en ambos casos tú eres el titular de las participaciones.
Ismael R. Buenos días. La verdad es que estaría interesado en invertir en renta fija europea, pero por lo que veo los fondos, indexados o activos, de deuda pública tienen rentabilidades muy inferiores a los bonos, ¿por qué? Por favor, ¿podéis indicarme algún fondo de renta fija europea que sea atractivo de cara a 2023? ¡Muchas gracias!
Hola Ismael. Desde este consultorio (que se centra en dudas de educación financiera y por tanto conceptuales/teóricas) no podemos recomendarte ningún fondo de inversión. No obstante te aclaramos dos cosas que quizá puedan orientarte. La primera, que los fondos de deuda gubernamental suelen implicar un riesgo inferior a los fondos de renta fija privada (salvo que sea deuda de países emergentes), de ahí que su rentabilidad sea más baja.
En este sentido te recomendamos este podcast, en el que aclaramos los distintos tipos de renta fija que hay y el distinto nivel de rentabilidad/riesgo que implica cada uno.
La segunda, que no te dejes guiar exclusivamente por rentabilidades pasadas de un fondo. Lo importante no es lo que haya obtenido en el pasado, sino lo que cabe esperar que obtenga en el futuro.
Antonio F. Hello MyInvestor. Tengo tres preguntas concretas:
Pregunta 1: ¿Cómo es posible que en algunos fondos según Mornigstar, sean inferiores los gastos corrientes (OGC) a los gastos de gestión? Por ejemplo, en este fondo.
Pregunta 2: ¿Cómo puede ser que el valor liquidativo de un fondo este a cero? Me refiero a este.
Pregunta 3: Puede pasar que un fondo esté con divisa cubierta (hedged), sin que figure en su nombre ni tan solo una «H»? Por ejemplo, aquí.
Gracias por leer las preguntas aunque no me las conteste.
Hola Antoni. Lo primero gracias a ti por plantearnos tus dudas. Y por supuesto, no nos vamos a limitar a leerlas, sino que te las vamos a contestar… y eso que no nos lo has puesto nada fácil (no pasa nada: nos gustan los retos).
Pregunta 1: ¿Cómo es posible que en algunos fondos según Mornigstar, sean inferiores los gastos corrientes (OGC) a los gastos de gestión? La comisión de gestión no puede ser más elevada que los Gastos Corrientes del fondo, ya que la partida de Gastos Corrientes incluye la comisión de gestión (más la comisión de depositaría y restos de gastos). En el caso concreto que nos mencionas, el dato del que debes fiarte es siempre el de Gastos Corrientes, que según figura en el DFI del fondo es del 1,6%.
La comisión de gestión es del 1,25%.
Pensamos que el error en Morningstar se debe a que el folleto del fondo indica que la comisión de gestión puede ser “Hasta el 2%”, no que sea necesariamente del 2%.
No obstante, te aclaramos que el ISIN que nos indicas es de la clase institucional del fondo, y además de la versión luxemburguesa. Si te interesa el producto quizá te encaje mejor la clase retail : Magallanes European Equity M FI (ES0159259011)
Pregunta 2: ¿Cómo puede ser que el valor liquidativo de un fondo este a cero? El valor liquidativo de un fondo no puede quedarse a cero, ya que los activos en los que invierte siempre van a tener algún valor, por pequeño que este sea (y eso, suponiendo que el fondo haya caído mucho).
En el caso que nos indicas, creemos que la fuerte reducción en la cotización de la acción de la sicav (que tampoco pasa a cero… sino a 1,71 euros) responde a algún tipo de operación corporativa. Probablemente, un split.
Pregunta 3: Puede pasar que un fondo esté con divisa cubierta (hedged), sin que figure en su nombre ni tan solo una «H»? Lo más habitual es que sí lo hagan, pero no es obligatorio. Efectivamente, en el fondo que nos indicas no figura ninguna “H” ni la palabra “Hedge” en el nombre y aún así el riesgo divisa está cubierto, según indica el DFI.
José María A. Hola, estoy pensando en abrir una cartera de inversiones para mis dos hijos (8 años de edad) pero no sé si me conviene más hacerlo a mi nombre o al de ellos. También soy padre separado, pero si me pasase algo malo me gustaría que su madre pudiera seguir gestionando la cartera. ¿Qué me conviene más?
Hola José María. En este post de MyBlog te explicamos los pros y contras de poner la cuenta a nombre de tus hijos o al tuyo.
No obstante, entendemos que, si algo te sucediera, todos tus bienes irían a tus herederos legales y, por tanto, a tus hijos. En ese caso, la madre de tus hijos pasaría a ser la administradora de esos bienes hasta la mayoría de edad de tus hijos.
En cuanto a las aportaciones periódicas, en el caso de las carteras de fondos (servicio de roboadvisor) no implican ningún tipo de coste. Si lo que quieres es invertir en fondos de inversión sueltos, generalmente tampoco, a menos que el fondo incorpore algún tipo de comisión de suscripción.
Ismael R. He visto que hay fondos buy & hold de Letras del Tesoro europeas. Por favor, ¿me podéis indicar alguno o fondos normales de deuda europea? ¡Muchas gracias!
Hola Ismael. En el buscador de fondos de MyInvestor dispones de un filtro específico para encontrarlos. Pincha en la categoría ‘Tipo de fondo’ y selecciona ‘Buy & hold’.
Es cierto que en puridad la mayoría no se podría encuadrar estrictamente en la categoría porque pueden vender un bono de vez en cuando (por ejemplo, si la gestora cree que va a hacer default). O sea que tienen algo de gestión, no es puro «hold». Pero se trata de un matiz… en realidad la filosofía de inversión es principalmente comprar los bonos y mantenerlos hasta el vencimiento.
O. M. ¿Cuál es la diferencia entre un plan de pensiones de gestión activa y otro indexado? En el caso de que escogiera un plan de pensiones y por cualquier razón decidiera cambiarlo a otro en el futuro, ¿se podría hacer? ¿lleva algún gasto por mi parte el cambio y tengo declararlo en la declaración de la renta? Por último, si empiezo a invertir 1.500 euros todos los años en un plan de pensiones ¿a partir de cuándo cuentan los 10 años para poder sacar mi dinero? ¿desde el primer día que abrí el plan, aunque siga invirtiendo más dinero cada año posterior? Muchas gracias.
Hola O. M. En este podcast te explicamos en detalle la diferencia entre gestión activa y pasiva (indexada). Vale tanto para planes como para fondos de inversión o cualquier otro producto financiero.
En cuanto a la posibilidad de trasladar el capital de un plan a otro, lo puedes hacer sin ningún problema. El comercializador no te puede aplicar ninguna comisión y además no tendrías que tributar por el camino.
Respecto a la fiscalidad, las aportaciones tienen que cumplir diez años para poder ser rescatadas. Es decir: no basta con que hayan pasado diez años desde que comenzaste a invertir en el plan: cada aportación que retires tiene que cumplir ese plazo (como mínimo).
Oliver D. Buenos días. A mi pareja y a mí nos gustaría abrir una cuenta cada uno, pero a la vez queremos invertir en fondos conjuntamente. ¿Esto es posible o tenemos que abrir una cuenta común para poder invertir de manera conjunta?
Hola Oliver. Para que tu mujer y tú podáis ser cotitulares de las participaciones de un fondo tenéis que abrir una cuenta común, a nombre de los dos, e invertir desde ella.
Carlos N. Buenos días. Me gustaría invertir en un fondo inmobiliario o socimi, ¿tiene MyInvestor algún fondo de esas características? ¿Qué debo tener en cuenta cuando veo un fondo que tiene origen en Luxemburgo u otro país fuera de España? ¿Puede afectar a cuestiones de Hacienda?
Hola Carlos. En cuanto a tu primera pregunta, en las bolsas europeas cotizan numerosos REITS (siglas de Real Estate Investment Trust, sociedades cotizadas que invierten en activos inmobiliarios), mientras que en la bolsa española cotizan varias socimis (la versión española de los REITS). Puedes invertir tanto en unas como en otras a través del bróker de MyInvestor.
También puedes invertir en fondos de inversión sectoriales, enfocados en ese segmento. Si entras en el buscador de fondos de MyInvestor, selecciona Tipo de activo/Renta Variable y Categoría/Inmobiliario.
En cuanto a tu segunda pregunta, lo habitual es que los fondos extranjeros en los que inviertes tengan pasaporte comunitario y estén registrados en España (aunque tengan sede en otro país), por lo que a efectos fiscales es como si fueran españoles. Sólo cabe alguna excepción puntual, que es cuando tienen formato sicav y todavía no han alcanzado el número mínimo de partícipes para beneficiarse de la ventaja fiscal del traspaso, algo muy poco habitual por otra parte. Te lo explicamos en este post.
Krysthiam D. Actualmente tengo varios fondos Vanguard y cada vez que intento hacer compras nuevas, me indica que el fondo se encuentra en soft close y que hay otro idéntico. Algo que ha llamado mi atención es que aquellos fondos en soft close presentan (quizás es solo mi percepción) una caída bastante más importante que los que no. Viendo que la mayor parte de mi dinero se encuentra invertido en fondos en soft close, y han perdido entre el 5% y el 30% de su valor inicial, ¿cuál sería la recomendación?. ¿Debería traspasar mi dinero a los fondos idénticos que se me recomiendan?
Hola Krysthiam. La rentabilidad de un fondo no está relacionada con el hecho de que esté en soft close.
De hecho, cuando el comercializador te propone que traspases el dinero a un fondo idéntico (en realidad, para ser más exactos, sería traspasar el dinero a una clase distinta del mismo fondo), la rentabilidad sería también absolutamente idéntica. Por tanto, en términos de rentabilidad tus perspectivas serían exactamente las mismas.
Otra cosa es que no estés satisfecho con los fondos en los que estás invirtiendo. En ese caso, puedes traspasar a otro producto que te convenza más o que encaje mejor con tu objetivo de inversión. Ahora bien, te recomendamos que lo pienses bien, ya que el hecho de que el fondo haya experimentado caídas no siempre es motivo suficiente para traspasar. Plantéate cuestiones como ¿ha caído lo mismo que el mercado o que el resto de fondos de la categoría? ¿Le has dado el tiempo suficiente a tu inversión?
Lo decimos porque si por ejemplo estás en un fondo de bolsa y el fondo ha caído en la misma medida que el conjunto del mercado (entendemos que es así, si hablamos de un indexado), tienes que valorar que la bolsa es un activo que en el corto plazo puede sufrir altibajos, aunque en el largo plazo suele presentar una tendencia alcista. Lo ideal es esperar al menos cinco años para darle tiempo a que se recupere de esas caídas… eso sí, para ello es imprescindible tener el perfil de riesgo, el nivel de tolerancia al riesgo, adecuado.
Por eso es importante realizar un buen asset allocation antes de invertir en un fondo (o en una cartera de fondos), de modo que estemos cómodos con el nivel de riesgo que estemos asumiendo y no nos sintamos tentados a vender antes de tiempo.
David A. Buenas. Siempre he creído que el TER era la suma de las diferentes comisiones asociadas a un fondo (comisión de reembolso, de depósito, de suscripción y de gestión). Sin embargo, cuando realizo la búsqueda de un fondo, éste aparece con un TER determinado y, si inicio el proceso de compra y sumo las comisiones que ahí aparecen, casi siempre me da un porcentaje menor al del TER. De todo ello deduzco que estoy equivocado y que el TER no equivale a sumar todas las comisiones. ¿Podríais aclararme este punto? Muchas gracias y un saludo.
Hola David. El TER (Ratio de Gastos Totales) es una variable que recoge las comisiones implícitas del fondo, que son fundamentalmente la comisión de gestión, incluyendo la posible comisión de éxito/resultados, y la comisión de depositaría. Pero además de estas comisiones, el TER también incluye diversos gastos operativos, administrativos y legales. Esa es la razón por la que la suma de las dos comisiones anteriores no equivale al TER, ya que esta magnitud recoge otros gastos en los que incurre el fondo, más allá de las comisiones.
El TER es una magnitud idónea para hacerte una idea global de los gastos de un fondo, y para poder comparar por tanto los costes que incorporan dos fondos de la misma categoría.
No obstante, ten en cuenta que el TER no incluye las comisiones explícitas, que son las que, en caso de existir, se cargarían directamente al partícipe, como la comisión de suscripción y la comisión de reembolso.
Sergio P. Buenos días. Mi mujer y yo hemos pensado dedicar el máximo posible a un plan de pensiones. La información que encuentro es que el máximo individualmente es de 1.500 euros. Pero como ambos estamos empleados, tenemos la duda de si a la hora de hacer la declaración de la renta el plan de pensiones contratado se divide en dos partes en cada declarante y, en tal caso, poder invertir 3.000 euros al año. Por otro lado, ¿tendríamos que tener dos cuentas separadas para poder hacer aportaciones individuales? Muchas gracias, un saludo.
Hola Sergio. La ley permite que cada uno de vosotros invierta un máximo de 1.500 euros al año, aunque siempre a título individual (no podríais hacerlo desde la cuenta común). En ese caso, entre los dos estaríais invirtiendo 3.000 euros. Lo que no puedes es invertir 3.000 euros tú y luego declararos la mitad cada uno.
Por tanto, para poder hacer aportaciones a planes de pensiones individuales es imprescindible que lo hagáis cada uno desde vuestra propia cuenta, no desde la cuenta conjunta.
J. M. L. Hola, buenos días. Mi pregunta es la eterna opacidad que muestran las comercializadoras de fondos para decirte lo que están cobrando por su trabajo. He tenido una contrariedad con un banco que me quería cobrar unos gastos de custodia que a mi entender no procedían porque no constaban en el folleto del fondo. Me desgañito solicitando que faciliten una hoja de liquidación transparente, donde se vea el valor liquidativo y todo lo que se descuenta hasta llegar a la valoración neta del fondo. En fin, en las comisiones va gran parte de la rentabilidad y sigo sin tener la claridad necesaria. Gracias y perdón por el rollo.
Hola J. M. L. Tu pregunta no es tanto una pregunta como un comentario o sugerencia (cosa que nos encanta), pero aun así te contestamos dándote nuestra visión sobre el asunto.
Estamos completamente de acuerdo contigo en que en la comercialización de fondos no siempre se opera con la debida transparencia. De hecho, uno de los rasgos que caracterizan a neobancos como MyInvestor es procurar que las comisiones sean ya no sólo reducidas (que también), sino lo más sencillas y transparentes posible.
Centrándonos en el ámbito que tú nos comentas, hay que distinguir entre las comisiones intrínsecas al fondo y las que te cobra el comercializador.
Las comisiones intrínsecas al fondo han de constar siempre en el folleto. La mayoría de ellas se resumen en el TER, que abarca la comisión de gestión (incluyendo la posible comisión de éxito/resultados), la comisión de depositaría y otros gastos legales y operativos. Por cierto que la comisión de gestión incluye la posible retrocesión al comercializador como remuneración por sus servicios.
Ojo porque también es posible (aunque no probable) que el fondo incorpore una comisión de suscripción y/o de reembolso y esas no figuran en el TER.
Y, en paralelo, la entidad que te comercializa el fondo te puede aplicar sus propias comisiones por el hecho de hacer de intermediario. Algunas entidades no cobran nada (como es el caso de MyInvestor), pero otras pueden llegar a cobrar una comisión de custodia o incluso de traspaso y de compraventa.
En definitiva, es legítimo que el fondo cobre lo que estime oportuno (dentro de los máximos legales) y que la entidad comercializadora también lo haga. Pero también es deseable que haya suficiente transparencia con el inversor para que este decida si le salen las cuentas o no.
Antoni F. Está claro que si un fondo no es hedged y el patrimonio total está en dólares, sobre su rendimiento afectará la evolución euro/dólar. Pero no tengo claro si la posible comisión por cambio de divisa se aplica…
a) Cuando la divisa del valor liquidativo no está en euros.
b) Cuando la divisa del patrimonio de clase no está en euros.
Y es que en muchos fondos estas dos divisas no coinciden…
Hola Antoni. Un fondo de inversión invierte en una serie de activos. Si estos activos cotizan en una divisa distinta a la moneda en la que está denominado el fondo, existe riesgo divisa.
Con lo de “la moneda en la que está denominado el fondo” nos referimos a la moneda en la que se expresa su valor liquidativo, ya que es en esa moneda en la que estará permitido comprar y vender las participaciones.
Un mismo fondo de inversión puede tener distintas clases y cada una de ellas puede estar denominada en una divisa distinta.
Por ejemplo, un fondo de bolsa global puede invertir en acciones que coticen en dólares, libras, francos suizos, etcétera, y todos estos riesgos divisa afectan al fondo, en función de la clase en la que inviertas. No obstante, el gestor puede decidir cubrir estos riesgos de forma parcial o incluso total (clase hedged).
En términos generales, lo habitual es que un inversor en euros se ve afectado por el riesgo divisa de todos los activos en los que invierte un fondo, siempre que coticen en una moneda distinta al euro.
Otra cosa es la posible comisión de cambio de divisa que aplique la entidad comercializadora (que no la gestora) cuando el partícipe quiera invertir en un fondo (o en la clase de un fondo) que no esté denominado en euros. Por ejemplo, si el producto está denominado en dólares y el partícipe tiene que cambiar de euros a dólares para poder entrar en él. O viceversa a la hora de reembolsar.