productos complejos y no complejos: en qué se diferencian

En el mundo de la inversión no todos los productos son iguales. Todos tienen su intríngulis, pero algunos pueden resultar especialmente complicados. Por tanto, los ahorradores sin grandes conocimientos o experiencia en materia de inversión pueden tener más dificultades a la hora de entenderlos y de valorar sus riesgos.

Desde esta perspectiva, los productos financieros se clasifican en dos grandes grupos: los complejos y los no complejos. Te explicamos las diferencias.

Productos no complejos

Los productos no complejos son aquellos cuyas características los hacen más idóneos para el cliente minorista (retail). Son productos más líquidos, en los que es más fácil recuperar el dinero invertido cuando el cliente lo desee.

Su funcionamiento no es tan enrevesado, por lo que un cliente con unos conocimientos básicos de inversión pueda sopesar sus riesgos. Por esta razón, la regulación permite que los bancos puedan comercializarlos de forma activa.

Para entrar en esta categoría es imprescindible que cumplan cuatro requisitos:

  1. Elevada liquidez. El inversor tiene que poder comprar/vender el producto con elevada frecuencia. Además, su valor tiene que ser fácil de conocer, lo que facilita operar a precios conocidos.
  2. Pérdida limitada. El inversor no puede perder más del dinero que ha invertido inicialmente. En otras palabras: no puede perder un importe superior al coste de adquisición del producto.
  3. Información pública y comprensible. El producto tiene que ofrecer información pública, completa y comprensible para el inversor minorista, en el que se detallen sus características.
  4. No derivados. Los contratos de derivados, como las opciones y los futuros, entran automáticamente en la categoría de productos complejos.

En la categoría de productos no complejos entran los fondos de inversión convencionales (quedarían fuera los hedge funds y los fondos de inversión libre). También las acciones de compañías cotizadas y las emisiones de deuda pública, como las Letras del Tesoro, entre otros.

Productos complejos

Por el contrario, los productos complejos pueden entrañar un mayor riesgo para el inversor. Suelen tener menor liquidez y ser más difíciles de entender. Por tanto, las entidades no deben ofrecérselos al cliente.

En la categoría entra cualquier producto que no cumpla con alguno de los cuatro requisitos anteriormente citados.

En este grupo se enmarcan los productos derivados (futuros, opciones, swaps, warrants, turbowarrants, CFD), los hedge funds y, en general, cualquier otro producto que incluya derivados o apalancamiento.

¿Cómo saber si un producto es o no complejo? Al margen de los anteriormente mencionados, la CNMV cuenta con una guía indicativa, aunque advierte de que no es exhaustiva.

Los productos complejos no están completamente fuera del alcance del inversor minorista. Pero como cabe la posibilidad de que no valore adecuadamente las características y los riesgos que conllevan, la ley obliga al comercializador a realizarle un test de conveniencia al cliente (con independencia de que la iniciativa de la operación haya sido del cliente o del intermediario).

Si el cliente supera ese test podrá invertir en él sin problema. No obstante, también deberá cumplir con el resto de requisitos específicos que implique el producto, como el mínimo de inversión requerido.

¿Y si no supera el test? En ese caso, la entidad está obligada a advertirle de los riesgos que supone la inversión, y el cliente debe dejar constancia expresa de que asume esos riesgos.

Otros productos

Más allá de estos dos grandes grupos existen otros productos que si bien están al alcance del inversor particular implican un nivel de riesgo que obliga al comercializador a tomar una serie de cautelas adicionales.

Aquí cabría citar a los fondos de capital riesgo. Se trata de productos que invierten en compañías no cotizadas, lo que les dota de un mayor potencial de rentabilidad pero también de un nivel mayor de riesgo e iliquidez. Además, este tipo de inversiones tipo de maduración muy largos.

En consecuencia, es necesario, que la inversión venga recomendada por un asesor financiero que hará las preguntas necesarias para determinar si ese producto es idóneo en cada caso. Si el test de conveniencia determina que no es adecuado para el cliente, la entidad no podrá venderle el producto.

Además, la inversión no debe suponer en ningún caso más del 10% del patrimonio del ahorrador.

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